La prohibición de pagar intereses en la Ley GENIUS sorprende a algunas personas porque CREÍAN que estaba destinada a prevenir la transmisión de valor económico a los tenedores. Pero el lenguaje es muy claro, esa no es la intención. La intención era separar funciones para que los emisores sean esencialmente un SPV (vehículo de propósito limitado) a prueba de quiebras, limitado a la emisión/redención de tokens en dólares y la gestión de reservas que respalden esos tokens al menos en una base de 1:1. En la medida en que se creen pasivos de "intereses", deben estructurarse bajo otra entidad sin recurso a las reservas subyacentes y bajo un régimen regulatorio separado. Es así de simple, amigos, y no implica una conspiración sobre "lagunas legales". Lo siento por los bancos que no mantuvieron su atención en el asunto, o al menos no lograron hacer un contraargumento durante las negociaciones de redacción.